Por: Daniel Alberto Cardona Gómez
Con el surgimiento de la política de cobertura en Colombia, ha emergido una nueva modalidad de instituciones educativas, que al poder acceder a los dineros del Estado, a través del subsidio a la demanda, se perciben hoy como centauros educativos, a saber: mitad público mitad privado. Esta condición ha favorecido prácticas perversas en la escuela que están moldeando poco a poco un modelo de perfil docente, modelo educativo y sujeto político.
No es el caso de las instituciones, que dentro de esta modalidad, han asumido responsable y profesionalmente la gestión educativa, aquellos que cuentan con talento humano idóneo, pero sobre todo, identifican que si bien la escuela hoy por hoy, funciona como una empresa, no es una empresa como cualquier otra.
Las instituciones a las que me refiero son a los pequeños centros de educación básica y media que anteriormente se consideraban como de “garaje”, y que hoy gracias a la transferencia condicionada de recursos del Estado, son reconocidas socialmente, en un imaginario colectivo de que todo lo público es regulado y vigilado, como empresas educativas de alta calidad.
La perversidad a la que hago referencia parece entonces estar legitimada por la omisión del Estado en un acto de irresponsabilidad social frente a la caracterización que presentaré a continuación:
Frente a la cobertura, es relevante mencionar cómo opera a grandes rasgos esta política en el interior de la escuela en sí. El Estado en la búsqueda de liberalizar responsabilidades, dada la reducida capacidad de éste por gestionar la tasa total de los actores que intervienen en la educación y, sobre todo, la cartera de la misma, subsidia la educación de niños y niñas en instituciones educativas, que siendo de recursos privados, reciben los educandos remitidos por el banco de oferentes. Es decir, que a mayor demanda o número de niños y niñas subsidiados por el Estado en nuestros colegios de “garaje”, mayor son los ingresos que entran a engrosar las carteras de los propietarios particulares de estas instituciones.
Con esto, los impuestos que pagamos confiados en que nuestras obligaciones ciudadanas contribuirán al fortalecimiento de la educación en nuestro país, lo que sucede realmente es que van a favorecer el negocio educativo; y los negociantes de la educación preocupados por optimizar el uso de estos recursos públicos, dan paso a prácticas aún más inaceptables.
Frente a infraestructura, se evidencia que en la lucha por alcanzar los recursos públicos las instituciones de “garaje” han permitido el acceso de niños y niñas incrementando hasta el 200% la capacidad de oferta que pueden atender. Desde esta perspectiva, se puede explicar como en las aulas de clase se perciben entre cuarenta y cinco (45) y cincuenta (50) y hasta sesenta (60) niños en aulas cuya capacidad estándar es de quince (15) y veintidós (22); y en donde en la mayoría de los casos esta situación, impide la construcción de mesas redondas, la formación de filas de pupitres que posibiliten el orden e higiene del aula, e inclusive que se instale dignamente el docente en la cátedra. Juzguen ustedes mismos las consecuencias que esto trae en el desarrollo psicosocial de nuestros hijos.
Ahora bien, otros espacios importantes para la gestión de la escuela como por ejemplo los baños, son compartidos por toda la comunidad educativa y no cumplen el porcentaje de unidades que se exige por el total de actores, de este modo tenemos casos que para un aproximado de mil estudiantes más docentes que gestionan el currículo, se encuentran instituciones que cuentan con dos baños y cinco (5) unidades sanitarias en cada uno.
Por otra parte, como nuestras instituciones de “garaje” no tienen la infraestructura suficiente para ofrecer los espacios de recreación y deporte, entonces hacen uso del espacio público ocupando indiscriminadamente, y a todo momento, instalaciones de uso de la comunidad como lo son: los parques aledaños en un claro caso de invasión del espacio público y contaminación tanto ambiental como auditiva.
Además, como si esto no fuera suficiente, estas instituciones coaccionan a sus estudiantes y docentes a adquirir sus alimentos, comprar implementos y útiles en determinadas tiendas aledañas, con las que han establecido tratos comerciales, obstruyendo el libre comercio en la zona e imponiendo lógicas irracionales amparados en el desarrollo de sus actividades curriculares, de este modo, fomentan prácticas de monopolio e inclusive, transgreden el Derecho Humano de libre asociación al sancionar al estudiante o maestros que gusten de comprar o simplemente hablar con un vendedor de la zona.
En cuanto a la gestión del currículo, pues es de esperar que en la búsqueda por optimizar los recursos, las instituciones de garaje no vean conveniente que los coordinadores, orientadores y docentes sean personal idóneo para gestionar el currículo. De esta manera es común evidenciar que no se cuenta con docentes licenciados, es más, se evidencia en estas instituciones con facilidad que muchos siquiera ostentan un estudio superior, en ocasiones ingresan allí por tener parentesco o ser de la misma región del país a la cual pertenece el dueño del terreno, entre otras muchas posibilidades.
Si el caso de los docentes resulta inquietante, ¿que pensaría si a usted le ocurriera esta situación que conocemos de una institución de este tipo en Bogotá?
El docente le cita a usted porque el rendimiento de su hijo (a) no es el mejor en Inglés, usted asiste y en el trascurso del encuentro su hijo(a) manifiesta que el (la) docente de la asignatura había enviado a su hijo (a) a la coordinación porque éste se había salido del salón y el coordinador como castigo le había puesto a dar 100 rollos en el suelo del parque hasta que el niño (a) se maltrató la espalda razón por la que le habían otorgado ya en una ocasión anterior una incapacidad medica a su hijo (a).
En este caso se descubrió que la docente no se encontraba en el aula y que frecuentemente no lo estaba, además, no tenía formación pedagógica ni superior excepto una estadía de trabajo como niñera en un país de habla anglófona, razón suficiente para que fuera docente de ingles en esta institución.
Como era evidente que la docente no esta capacitada para manejar una situación de manera pedagógica, resuelve la situación como cualquier persona sin formación en educación lo haría, lo remite a coordinación de disciplina.
Ante la actuación flagelante del coordinador, se encontró que el coordinador tampoco tenía formación pedagógica avanzada y que además venía de ser capataz de una de las fincas del dueño, razón que le hacía apto para conducir el desarrollo ético y moral de los niños y niñas de este colegio. Como era de esperar estos personajes no encontraron una alternativa al respecto, razón por la cual le remiten al orientador quien tampoco pudo remitir, ni orientar dado que tampoco era psicólogo ni trabajador social, es más ni bachiller. Insisto, esto ocurrió en una institución educativa subsidiada por el Estado.
Frente a la dignidad de la profesión docente, se encuentra la mayor perversidad en este aspecto; si usted como rector contrata más docentes dada la demanda de estudiantes, entonces se reduce la disponibilidad de hacer uso lucrativo de los recursos públicos, razón por la cual, se le asignan a los docentes cargas académicas entre treinta (30) y cuarenta (40) horas, en todos los cursos, y a la cantidad de estudiantes que le sea posible asistir en los tiempos estimados, en algunos casos hasta mil (1000) estudiantes a evaluar y formar por maestro a la semana.
Sumado a esto, se les contrata con jornadas laborales que superan las cuarenta (40) horas laborales por semana, imponiendo trabajo extra para jornadas no laborales como: evaluación, paso de notas a los sistemas respectivos, elaboración de decoración, venta de productos alimenticios en los bazares y eventos no académicos, realizados por el colegio cuyo fin es lucrar a los propietarios, elaboración de guías de aprendizaje incluso cuando el docente cuenta con incapacidad médica, planeación curricular, entre muchos otros.
Del mismo modo la asignación laboral es considerablemente menor a la exigida por el estatuto docente incluso a muchos licenciados se les paga menos del mínimo. La dotación como uniformes, marcadores, batas etc., corren por cuenta del maestro que en una clara vulneración del código sustantivo del trabajo se convierte en una condición sin la cual no puede ejercer su derecho al trabajo y ejercer su profesión.
Ahora bien: ¿Quién coloca en cintura a estas instituciones?
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